Impuestos de sucesiones en Jaén

Impuesto de sucesiones en Jaén

Impuesto de sucesiones en Jaén

Índice

Tramitar el Impuesto de Sucesiones en Jaén puede ser un proceso complejo, pero con la información adecuada, se puede gestionar de manera eficiente. Antes de nada te aconsejamos acudir a una gestoría en Jaén para realizar este tipo de trámite complejo, de no ser así te dejamos esta guía que proporciona una visión detallada de los pasos, la documentación requerida y los plazos que deben cumplirse.

Sujetos Pasivos del Impuesto de Sucesiones

Los sujetos pasivos del Impuesto de Sucesiones son los herederos y legatarios que reciben bienes y derechos del fallecido. Identificar correctamente a estos beneficiarios es el primer paso crucial para la tramitación del impuesto.

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Base Imponible y Valoración de Bienes

La base imponible del impuesto se determina a partir del valor de mercado de los bienes y derechos heredados en el momento del fallecimiento. Este valor debe ser preciso para evitar discrepancias durante la liquidación del impuesto.

Reducciones y Bonificaciones en Jaén

Jaén ofrece varias reducciones y bonificaciones que pueden aplicarse para disminuir la carga tributaria:

  • Reducción por Vivienda Habitual: Aplicable si la vivienda era la residencia habitual del fallecido y los herederos cumplen ciertos requisitos.
  • Reducción por Empresas Familiares: Disponible si la empresa heredada continúa su actividad.
  • Reducción por Discapacidad: Los herederos con discapacidad pueden beneficiarse de esta reducción específica.

Tipos Impositivos en Jaén

Los tipos impositivos varían según el grado de parentesco con el fallecido y el valor de los bienes heredados. Comprender estas escalas es esencial para calcular correctamente el impuesto.

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Plazos para la Liquidación del Impuesto

El plazo general para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses a partir del fallecimiento. Sin embargo, es posible solicitar una prórroga de hasta seis meses adicionales. Cumplir con estos plazos es crucial para evitar recargos y sanciones.

Documentación Necesaria

  • Certificado de defunción: Documento que acredita el fallecimiento.
  • Testamento o declaración de herederos: Documento que identifica a los herederos legales.
  • Valoración de bienes: Estimación del valor de los bienes heredados.
  • Escrituras de propiedad: Documentación de bienes inmuebles.
  • Certificados bancarios: Información sobre cuentas y productos financieros del fallecido.

Trámites y Procedimientos en Jaén

Paso 1: Obtención de Documentación Reúna todos los documentos necesarios, incluyendo el certificado de defunción, testamento, y la valoración de los bienes heredados.

Paso 2: Valoración de Bienes

Realice una valoración precisa de los bienes y derechos heredados. Esta valoración debe reflejar el valor de mercado en el momento del fallecimiento.

Paso 3: Cálculo del Impuesto

Aplique las reducciones y bonificaciones pertinentes. Use las tablas de tipos impositivos específicas de Jaén para calcular el impuesto.

Paso 4: Presentación de la Liquidación

Entregue toda la documentación en la Delegación de la Agencia Tributaria de Andalucía o a través del portal electrónico si la tramitación se realiza online.

Paso 5: Pago del Impuesto

Realice el pago del impuesto dentro del plazo establecido para evitar sanciones. El pago puede hacerse de forma presencial o mediante transferencia bancaria.

Consecuencias de No Pagar el Impuesto

No cumplir con la liquidación del impuesto en el plazo establecido puede resultar en sanciones y recargos. Es vital estar al tanto de estas consecuencias para evitar problemas legales y financieros.

Reformas y Cambios Recientes

Las reformas legislativas pueden introducir nuevas reducciones o modificar los tipos impositivos. Mantenerse informado sobre estos cambios es esencial para una correcta planificación fiscal.

Preguntas
Frecuentes

Los herederos y legatarios que reciben bienes y derechos del fallecido.

Certificado de defunción, testamento o declaración de herederos, valoración de bienes, escrituras de propiedad y certificados bancarios.

Reducción por vivienda habitual, empresas familiares y herederos con discapacidad.

El no pago dentro del plazo puede resultar en sanciones y recargos adicionales.

Seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga.

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