HABRA QUE INCLUIR UN CÓDIGO QR EN LAS FACTURAS QUE EMITAN LAS EMPRESAS A PARTIR DEL 2024.

El 1 de enero de 2024 es una fecha clave para las empresas. A partir de dicha fecha los empresarios y profesionales deberán incluir un código QR en sus facturas. Esto es lo que figura en el Reglamento que establece los requisitos que deben aportar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

La normativa se aplicará a todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas, a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente y a aquellas entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas.

los requisitos que deberán contemplar los sistemas informáticos de facturación son garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Con la nueva normativa los usuarios podrán elegir entre emplear un sistema informático que cumpla los requisitos establecidos en la normativa, o la aplicación informática que ponga a disposición la Administración tributaria. 

Los datos que se tendrán que incluir en las facturas son los habituales hasta la fecha: datos fiscales, fecha factura y número, descripción de la operación, importe de la misma desglosado con sus impuestos correspondientes..

Además de esto, el sistema informático de facturación contará de manera obligatoria con una declaración responsable, de esta manera quedará certificado que el sistema informático se ajusta a la normativa sobre facturación vigente.

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