La devolución de los importes favorables del Impuesto del Valor Añadido (IVA) es una preocupación importante tanto para autónomos como para pequeñas y medianas empresas (pymes). Afortunadamente, no es necesario esperar hasta el final del año para recuperar este dinero, ya que existe la opción de acogerse al Régimen de Devolución Mensual del IVA, conocido como REDEME.
Noviembre se acerca rápidamente, y este mes es crucial para inscribirse en el REDEME. Este régimen especial permite a los autónomos y a los pequeños negocios liquidar el IVA mensualmente en lugar de hacerlo de forma trimestral. En este artículo, explicaremos qué es el REDEME y cómo puedes acceder a él.
El REDEME es un sistema excepcional que permite a los autónomos y a las pymes liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de forma mensual. Esto puede ser especialmente beneficioso para aquellos que tienen un alto IVA en sus compras, ya que proporciona una mayor liquidez.
Para acceder a este régimen, debes solicitar la devolución del IVA mes a mes. Esto se hace presentando una declaración censal en noviembre del año anterior al que deseas que surta efecto la inscripción.
En principio, la inscripción en el REDEME es voluntaria para todos los empresarios y personas físicas, excepto aquellos que tributen en el régimen simplificado del IVA. Para las empresas cuyo volumen de facturación supere los 6.010.121,04 euros, la inscripción es obligatoria, y deben adoptar el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII).
El régimen simplificado del IVA, también conocido como «régimen de módulos», se aplica a autónomos que utilizan la tributación objetiva. En este caso, se realiza una estimación del IVA en función de la actividad del negocio, evitando así el cálculo trimestral del IVA a devolver.
El REDEME ofrece ventajas como la reducción del costo financiero, especialmente útil al inicio de un negocio o en momentos de crisis. Sin embargo, requiere presentar declaraciones mensuales de IVA a través del SII, lo que puede ser visto como un inconveniente.
Para inscribirte en el REDEME y poder liquidar el IVA mensualmente, debes solicitarlo mediante la inscripción en el registro de devolución mensual del IVA. Ten en cuenta que todas las autoliquidaciones deben presentarse de manera telemática. Esto es válido para todos los autónomos y dueños de pequeños negocios, excepto aquellos que tributen en el régimen simplificado del IVA y las empresas con una facturación anual superior a 6.010.121,04 euros.
La solicitud de inscripción debe realizarse en el mes de noviembre y surte efecto un año después. Por ejemplo, si solicitas la inscripción el próximo mes, comenzará a aplicarse en noviembre de 2024. También puedes solicitar la inscripción durante el período de presentación de las liquidaciones periódicas. La Agencia Tributaria responderá en un plazo máximo de tres meses sobre el estado de la inscripción.
Para solicitar la inscripción en el registro de devolución mensual (REDEME), debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Realizar la solicitud en el plazo adecuado mediante la presentación de la declaración censal, que debe hacerse de forma telemática (casilla 129 del modelo 036).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- No pertenecer al régimen simplificado del IVA.
- No estar en situaciones que puedan llevar a la baja cautelar en el registro de devolución mensual o a la revocación del número de identificación fiscal.
- No haber sido excluido del registro en los tres años previos a la presentación de la solicitud de alta.
Una vez inscrito en el REDEME, debes comprometerte a permanecer en él durante al menos un año. Si solicitaste la inscripción durante el período de presentación de las liquidaciones periódicas, debes mantenerla durante el año en que solicitaste la inscripción y el siguiente. Si deseas darte de baja, también debes hacerlo en noviembre y la baja surtirá efecto a partir del mismo mes del año siguiente. Es importante tener en cuenta que si solicitaste la baja, no podrás volver a solicitar el alta en el registro en el mismo año.
Además, una vez inscrito, estarás obligado a llevar los Libros del Registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII).
En resumen, el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) ofrece a los autónomos y a las pymes la posibilidad de recuperar el IVA de forma mensual en lugar de trimestral, proporcionando una mayor liquidez. La inscripción debe solicitarse en noviembre y está sujeta a ciertos requisitos y obligaciones que deben cumplirse durante al menos un año.